El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, anunció este jueves que, mediante la resolución número 507-03 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), se dispuso que todos los trabajadores suspendidos junto a sus dependientes directos y adicionales continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo.

De Camps declaró que dicha cobertura se extenderá desde el primero al 30 de noviembre de 2020, y que con esta aprobación del órgano rector del sistema dominicano de Seguridad Social, estos trabajadores tendrán derecho a continuar solicitando servicios de salud si así lo requieren.

De acuerdo a un comunicado de prensa, durante la reunión encabezada por el presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), y con la presencia del gerente general de dicho consejo, Félix Aracena Vargas, se instruyó, a la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones del Consejo a continuar analizando los informes financieros presentados por la Tesorería de Seguridad Social (TSS) y el Estudio Actuarial del Fondo de la Cuenta Cuidado de la Salud, proyectado hasta el 31 de diciembre del 2020, realizado por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril).

Esto, con el objetivo de ponderar otras fuentes de financiamiento para la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo antes del vencimiento de la presente resolución.

El ministro expresó que el Gobierno seguirá adoptando de manera escalonada una serie de medidas y políticas, de carácter económico y social, conforme las recomendaciones de las autoridades internacionales de salud, imprescindibles para procurar el menor número de personas afectadas por el COVID- 19.

De igual manera, De Camps declaró que esta disposición del órgano rector del sistema protege a miles de trabajadores que continúan siendo afectados por la suspensión de los efectos de sus contratos de trabajo y próximamente se les vencerá el período de protección para las atenciones médicas.

“Dicha aprobación incluye las coberturas de los subsidios por enfermedad, maternidad y lactancia, a los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el número de Seguridad Social (NSS) y se mantiene la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años, respectivamente, siempre que sean estudiantes” puntualizó el presidente del CNSS.

(DL)

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