La cantante colombiana Shakira obtuvo un fallo favorable en el litigio que mantenía con la Hacienda española desde hace ocho años. La Audiencia Nacional dictaminó que la Agencia Tributaria deberá devolverle 60 millones de euros, equivalentes a casi 70 millones de dólares, por concepto de impuestos y sanciones que le fueron cobrados de forma indebida.

Declaraciones de la artista tras el dictamen del tribunal

A través de un comunicado difundido tras conocerse la sentencia, la artista manifestó que nunca existió fraude fiscal en sus declaraciones y que la propia administración pública no pudo demostrar lo contrario debido a que las acusaciones carecían de veracidad.

El origen de la disputa y la gira mundial de 2011

El caso específico se remonta al año 2011, período en el cual la Agencia Tributaria consideraba que la cantante ya era residente fiscal en España. Durante ese año, la intérprete realizó una gira mundial que incluyó 120 conciertos en 37 países, por lo que las autoridades españolas le exigían el pago de impuestos por la totalidad de las ganancias generadas en dicho período de trabajo.

Criterios legales sobre la residencia fiscal en territorio español

En la época del conflicto, Shakira mantenía una relación sentimental con el exfutbolista Gerard Piqué y pasaba temporadas en España, pero su defensa alegó que no permanecía el tiempo suficiente para ser catalogada como residente fiscal. La legislación española establece que una persona debe pasar más de 183 días en el país para adquirir dicha condición, sin embargo, el tribunal determinó que Hacienda solo pudo documentar la presencia de Shakira Isabel Mebarak Ripoll durante un máximo de 163 días.

Los argumentos desestimados de la Agencia Tributaria

El organismo fiscalizador sostenía que la artista desarrollaba en España su vida personal y parte de su actividad económica, argumentando que la residencia fiscal que ella declaraba en Bahamas, donde posee una isla privada, no era real. Para sustentar su postura, la entidad pública recabó información sobre sus gastos, apariciones en público y publicaciones en redes sociales con el fin de demostrar su permanencia en el país, argumentos que finalmente fueron desestimados por la Audiencia Nacional.

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