Santo Domingo. El nuevo Código Penal dominicano entró en vigencia este lunes 3 de agosto con cambios significativos, entre ellos el aumento de las penas, que ahora alcanzan hasta 40 años de prisión y 60 años en casos de condenas acumuladas, además de la incorporación de nuevos tipos penales.
No obstante, las modificaciones realizadas a 27 artículos de esa legislación todavía no tienen efecto legal, debido a que aún no han sido publicadas en la Gaceta Oficial, requisito indispensable para su entrada en vigor.
Así lo explicó el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien señaló que las reformas aprobadas mediante la Ley 44-26 solo serán aplicables una vez se cumplan los plazos establecidos en el artículo 1 del Código Civil, contados a partir de su publicación oficial.
Actualmente, la Ley 74-25 es la que pone en vigencia el nuevo Código Penal, mientras que la Ley 44-26, que modifica 27 de sus artículos, permanece pendiente de surtir efectos jurídicos.
Nuevos delitos y penas más severas
Entre las principales novedades del Código Penal se encuentran la tipificación de delitos como:
- Ciberacoso.
- Sicariato.
- Fraude piramidal.
- Desaparición forzada.
- Chantaje mediante fotografías o videos íntimos.
- Ataques con sustancias corrosivas, incluyendo el denominado «ácido del diablo».
Además, el Código establece penas de hasta 40 años de prisión para los casos de feminicidio, así como un endurecimiento general de las sanciones penales.
¿Cuándo entrarán en vigor las modificaciones?
El artículo 1 del Código Civil establece que las leyes deben ser publicadas en la Gaceta Oficial —o excepcionalmente en uno o más periódicos de circulación nacional cuando así lo disponga la ley o el Poder Ejecutivo— para que puedan producir efectos legales.
Una vez publicada la ley:
- En el Distrito Nacional, entra en vigor al día siguiente de la publicación.
- En las demás provincias, entra en vigor dos días después.
En consecuencia, aunque el nuevo Código Penal ya está vigente, las modificaciones contenidas en la Ley 44-26 aún no son aplicables hasta que sean publicadas oficialmente y transcurran los plazos legales correspondientes.







