El Ministerio de Salud Pública informó que a partir del próximo primero de febrero no será permitida la importación la y comercialización de pruebas rápidas para detección de COVID-19, sin contar con su debida certificación de Registro Sanitario, otorgada por la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps).

“Hasta esa fecha solo será autorizada una última importación para una cantidad máxima de 5 mil cajas por distribuidor que se encuentre debidamente registrado ante la DIGEMAPS, señala el Ministerio de Salud a través de un espacio pagado.

En el boletín de este miércoles, emitido por Salud Pública, se reportaron 529 casos nuevos del Covid-19 y se procesaron 3,315 pruebas en las últimas 24 horas, para un acumulado de 889,180.

(El Día)

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