El Tribunal Superior Electoral (TSE) publicó hoy de forma íntegra, las sentencias con las cuales el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) considera que se le despojó de diputaciones en Barahona y San Cristóbal, cuyas decisiones reclamó para ejercer su derecho a recurrir.
Mediante la sentencia TSE-815-2020, el tribunal electoral rechazó un recurso de apelación incoado el 27 de julio del 2020 por el PLD y la excandidata a diputada por San Cristóbal, Carmen Adalgisa Mustafá López, en contra de la “resolución contenida en el acta número 0029/2020”, dictada el 22 de julio de 2020 por la Junta Electoral de Bajos de Haina.
Mientras, con la sentencia TSE-835-2020, rechazó un recurso de apelación incoado ese mismo día por el PLD, contra la resolución número 21/2020, emitida por la Junta Electoral de Barahona el 22 de julio.
En ambos casos, el TSE confirmó las resoluciones apeladas, por considerar que los recursos de apelación interpuestos por el PLD “carecen de méritos jurídicos”, al establecer que las juntas electorales se limitaron a aplicar las disposiciones legales aplicables y “el principio de no falseamiento de la voluntad popular que rige en el derecho electoral”.
Las resoluciones de las juntas electorales apeladas por el PLD dispusieron revisión y corrección de actas de escrutinio, acogiendo reclamos hechos por el Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Las dos sentencias fueron emitidas con el voto unánime de los 5 jueces que integran el TSE, según se hace constar en ellas, que entendieron que las resoluciones impugnadas no estaban afectadas de los vicios que alegó el recurrente PLD.
Recientemente, el presidente interino del PLD, Juan Temístocles Montás, dijo que no apoyará las aspiraciones a la Junta Central Electoral (JCE) del presidente del TSE, Román Jáquez Liranzo, por haber intervenido en las sentencias en las que supuestamente se despojaba al PLD de dos diputaciones.
(Listín Diario)