La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la actualización de los umbrales permitidos para liquidaciones y pagos en efectivo, conforme al artículo 64 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Los nuevos límites fueron establecidos mediante la Resolución Conclafit-2025-01, emitida por el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos (Conclafit) el 1 de septiembre de 2025.
Nuevos montos máximos para operaciones en efectivo
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Inmuebles: RD$ 1,500,000
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Vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones: RD$ 800,000
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Relojes, joyas preciosas y obras de arte: RD$ 700,000
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Operaciones incluidas en los literales d, e, f y g del artículo 6 de la Ley 155-17: RD$ 400,000
La DGII comunicó el aviso a través de sus plataformas oficiales.
Aplicación en trámites y obligaciones vinculadas
La institución precisó que estos umbrales serán vinculantes para los procesos relacionados con vehículos de motor y remolques regulados por la Norma General 06-2022, que exige constancia fehaciente de pago.
Asimismo, aplican para los actos traslativos de propiedad inmobiliaria, donde es obligatorio detallar pagos realizados y pendientes, conforme al Aviso 07-2025.
Obligaciones para ciudadanos y notarios
Las personas físicas y jurídicas deberán adecuarse a los nuevos límites en toda operación alcanzada por la normativa.
Los notarios públicos, por su parte, están obligados —según la Norma General 07-2022— a exigir la constancia fehaciente de pago cuando actúen en estos actos, garantizando el cumplimiento del régimen contra el lavado de activos.






